domingo, 10 de mayo de 2009

EL RADICALISMO PRESENTO EN DIPUTADOS UN PROYECTO DE LEY DE ETICA PUBLICA

El bloque de diputados de la UCR presentó un proyecto de ley de ética pública a fin de establecer principios, deberes, prohibiciones, incompatibilidades y sanciones aplicables a todas las personas que se desempeñen en la función pública provincial. Establece un pormenorizado detalle de cómo tienen que ser las declaraciones juradas e implanta el juicio de residencia, un mecanismo por el cual se investiga administrativamente a todos los funcionarios al concluir su mandato, según el texto al que accedió APF
La iniciativa radical ingresó en la última sesión y fue girada a la comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político de Diputados, comité que preside el justicialista Eduardo Jourdán.
Allí, se define en forma amplia a “funcionario público” indicando que se trata de “cualquier persona empleada del Estado o de sus entidades, sea que presten servicios remunerados o no remunerados, en forma permanente o transitoria, que hayan accedido a su cargo por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, que presten servicio en dependencias centralizadas, descentralizadas y autárquicas del Estado Provincial, empresas y sociedades del Estado, mixtas y con participación estatal y en todo Ente en que el Estado tenga alguna forma de participación, sea en el capital o la dirección”.
“Su aplicación alcanza a los magistrados del Poder Judicial, a los funcionarios el Poder Legislativo tanto como a los del Poder Ejecutivo”, especifica el proyecto presentado por los legisladores Marcelo López; Oscar Cardoso; Jaime Benedetti; José Antonio Artusi; José María Miser y Mirta Alderete.
El proyecto prevé la creación de una Comisión de Ética Pública, al que cataloga como “órgano independiente y de integración plural”, que estará encargada de ejercer el poder de policía de control y cumplimiento de la ley una vez sancionada. Tendrá once miembros: uno del Ejecutivo, uno del Superior Tribunal de Justicia, dos senadores y dos diputados “respetando la representación proporcional de cada bloque legislativo” y cinco ciudadanos “externos al ámbito legislativo, uno de los cuales deberá ser propuesto por el Defensor del Pueblo”, organismo previsto en la Constitución provincial pero que aún no ha sido creado.
El articulado deja sentados principios y definiciones para el accionar de los funcionarios: lealtad, eficiencia y austeridad republicana, probidad, responsabilidad, rectitud, justicia, idoneidad, imparcialidad, trato igualitario a las personas, buena fe y tolerancia.
Asimismo, detalla quienes estarán obligados a presentar declaraciones juradas patrimoniales, rango que abarca desde el Gobernador hasta el funcionario que interviene en la administración de patrimonio público o privado, quienes deberán entregarlas en un plazo de 30 días luego de asumir sus cargos y ser actualizadas en un plazo similar contado desde el momento en que se produzca un cambio. También establece que un resumen de las declaraciones se publique en Internet.
Los funcionarios enunciados en el artículo 21º no podrán abandonar la Provincia ni el País, hasta cuatro meses posteriores a la presentación de la última declaración jurada, señalada en el artículo anterior, salvo causa justificada y expresa autorización de la Legislatura Provincial y/o los cuerpos deliberativos municipales, según corresponda, por estar sometidos a juicio de residencia. El acceso a esta información por parte del ciudadano está supeditado a la sanción de la ley de acceso a la información, otro ítem pendiente tras la reforma constitucional. Pero mientras tanto, impone condiciones. Una de ellas es el de legamito interés, enunciado con la forma de que el requirente indique “el objeto que motiva la petición y el destino que se le dará a la información solicitada”.
Se imponen a su vez restricciones para los funcionarios, quienes no podrán “dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades”.
Tampoco podrán ser proveedores del Estado, recibir beneficios, mantener relaciones contractuales u obtener ventajas laborales, económicas o financieras por sus funciones.
La iniciativa radical incorpora también la figura del juicio de residencia, una institución creada por la Corona española para sus funcionarios en la América colonial, que consiste en imponer a todos los funcionarios obligados a presentar declaración jurada de bienes la prohibición de abandonar la Provincia o el país en un lapso de cuatro meses posteriores a la presentación de la última declaración jurada.
En ese lapso, “deberá realizarse el control de la gestión llevada a cabo por el funcionario. El órgano encargado emitirá un dictamen que refleje objetivamente esta situación, las observaciones, responsabilidades y sanciones a las que pudiera quedar expuesto por hechos o actos llevados a cabo en el ejercicio de sus funciones durante el plazo de su gestión”, describe el proyecto radical.
Llegado el caso, el Comité se constituirá también en un organismo de investigación administrativa para indagar supuestos de enriquecimiento ilícito en la función pública y de violaciones a los deberes y al régimen de declaraciones juradas e incompatibilidades previstos en la ley
Este organismo también “deberá realizar una prevención sumaria, cuando concurran elementos vehementes, cuando existan presunciones graves o indicios suficientes o la convicción de un evidente, sustancial y desproporcionado aumento patrimonial”.
Cuando surjan pruebas “suficientemente vehementes que permitan suponer la comisión de un delito”, el Comité deberá poner “de inmediato en conocimiento al Juez o Fiscal competente”, ofreciendo los antecedentes y pruebas reunidas durante la investigación sumaria.
“Todo lo que por medio de la presente se reglamenta no son más que obstáculos para los que quieren beneficiarse de la política y utilizar al bien común como una pantalla para la obtención de beneficios personales”, explican en los fundamentos de la iniciativa los legisladores.
El proyecto está registrado con el número de expediente 17.246. Sobre igual temática, el justicialismo presentó en noviembre del año pasado su propia propuesta legislativa, que está contenida en el expediente 16.999
Fuente: APF Digital

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