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miércoles, 4 de noviembre de 2009

Diputados radicales se reunieron con Monseñor Maulión

Diputados provinciales de la Unión Cívica Radical se reunieron el día Miércoles con Monseñor Mario Maulión, Arzobispo de Paraná. El encuentro solicitado por los legisladores radicales tuvo como propósito informar a Monseñor Maulión acerca de algunas iniciativas presentadase intercambiar puntos de vista sobre la realidad provincial.

En particular los diputados de la UCR se refirieron al flagelo de la pobreza extrema, y en tal sentido antregaron al Arzobispo paranaense una copia del proyecto de ley que propone reglamentar el Artículo 24 de la Constitución Provincial, que reconoce el derecho a la alimentación y a un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia, a través de la implementación gradual de un sistema de renta básica de ciudadanía. Sobre esta cuestión, los representantes del radicalismo valoraron el aporte valioso que viene haciendo la Iglesia convocando al diálogo y al debate de ideas, y no sólo mostrando una realidad que es dolorosa, sino también aportando iniciativas concretas.
El deterioro de la educación, la crisis de valores de nuestra sociedad, la anomia, la pérdida de la cultura del trabajo y del esfuerzo, y la necesidad de la reconciliación entre los argentinos fueron algunos de los temas abordados en la reunión.
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viernes, 31 de julio de 2009

PROYECTO DE LEY DEL BLOQUE RADICAL PARA INSTITUIR LA RENTA BASICA DE CIUDADANIA

La iniciativa responde a la nueva normativa constitucional de la provincia y propicia asegurar el derecho a la alimentacion y a un ingreso minimo para la subsistencia.

El bloque de diputados provinciales de la UCR presentó hoy en la Cámara de Diputados de Entre Ríos un proyecto de ley que propicia “establecer el derecho a una prestación económica universal, denominada Renta Básica de Ciudadanía, que se hará efectiva a todas las personas que acrediten su residencia permanente en el territorio provincial, y en una cuantía suficiente para satisfacer sus necesidades básicas de subsistencia”, tal lo que reza el primer artículo de la iniciativa.
El proyecto de ley lleva las firmas de José Antonio Artusi, Mirta Alderete, Alcides López, Oscar Cardoso, Jaime Benedetti y José María Miser, y establece que la Renta Básica de Ciudadanía “se instituye como el mecanismo a través del cual el Estado asegura a todos los habitantes el derecho a la alimentación y a un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 24 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, siendo la presente ley reglamentaria de la referida disposición constitucional”.
Destaca que ese derecho “es inherente a la condición de ciudadano de los individuos y al carácter republicano de la forma de gobierno consagrado en el Artículo 1 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos”.
La institución de la Renta Básica de Ciudadanía tiene por finalidad garantizar una renta mínima suficiente para satisfacer las necesidades básicas de subsistencia a todos los habitantes, favorecer la autonomía personal, la ampliación de las libertades, y el acceso a una vida digna a todos los habitantes, fomentar la igualdad de oportunidades consagrada en el Artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, fortalecer y proteger a la familia, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 18 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y contribuir a la optimización de la eficacia y la eficiencia de las políticas públicas de desarrollo social, procurando la eliminación de la indigencia y la reducción gradual de la pobreza.
El proyecto consta de 20 artículos de fondo y uno de forma expresados en cinco capítulos que refieren también a la Extensión del derecho a su percepción, Financiamiento y Cuantía, Creación del Consejo de Renta Básica Ciudadana y Aplicación.
La iniciativa está acompañada por una extensa fundamentación a través de la cual el diputado Artusi sostiene que la propuesta "se trata de una iniciativa de ambiciosos alcances, pero perfectamente factible y viable en tanto se dé una condición fundamental: voluntad política. No se trata – como podría desprenderse de un análisis apresurado o prejuicioso – de una propuesta más de 'universalizar' los planes sociales, o de terminar con las formas clientelares que éstos asumen frecuentemente. Se trata de algo mucho más profundo; se trata de poner en marcha un mecanismo legal con implicancias políticas, económicas y sociales".
En la misma formula diversas citas sobre el derecho a una existencia digna del conjunto de miembros de una sociedad y presenta una serie de antecedentes sobre textos del mismo tenor formulados por dirigentes y partidos políticos de nuestro país y de otros países
También recuerda el artículo 24 de la nueva constitución provincial que reza: “El Estado asegura a todos los habitantes el derecho a la alimentación, así como un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia en situaciones de falta de empleo regular, inestabilidad económica, social o catástrofres que coloquen al afectado en situación de desamparo. Un ente público con participación ciudadana tendrá a su cargo la efectivización de este derecho”.
Artusi destacó sobre el costo del sistema: "Es probable que con algo más de 125 millones de pesos por año (depende de la veracidad de los datos del INDEC) erradiquemos por completo la indigencia en la población infantil entrerriana".
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sábado, 25 de julio de 2009

JOSÉ ANTONIO ARTUSI: "Eliminar la indigencia en la población infantil entrerriana demandaría el 1% del presupuesto provincial"

El Diputado Provincial José Antonio Artusi (UCR) reiteró que la semana próxima presentará un proyecto de ley que pretende reglamentar el Artículo 24 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, que garantiza a todos los habitantes "el derecho a la alimentación" y a "un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia".

El legislador radical señaló que la propuesta consistirá en reconocer, de manera gradual, comenzando por los menores hasta los 14 años, el derecho de todos los habitantes a recibir de parte del Estado un ingreso universal e individual, denominado Renta Básica de Ciudadanía, que permita satisfacer necesidades básicas de subsistencia.
El diputado Artusi opinó que "es imperioso que la sociedad se involucre activamente en el debate acerca de esta cuestión, puesto que habrá que superar resistencias de todo tipo". La primera objeción que se nos hará - anticipó - será que "no se puede, que no hay recursos, que se encargue el gobierno nacional". El legislador uruguayense expresó en ese sentido, que "hemos reclamado reiteradamente al gobierno de la provincia que exija a la administración nacional lo que legítimamente nos corresponde, para recuperar el federalismo fiscal, y en ese caso los recursos sobrarían holgadamente; de todos modos, como el hambre no espera, la provincia no puede cruzarse de brazos y mirar para el costado ni invocar falazmente la necesidad de mantener el equilibrio fiscal, necesidad que compartimos". Artusi manifestó que "si tomamos una hipótesis optimista, que es creerle a la Dirección Provincial de Estadística y Censos, que nos dice que la indigencia en Concordia en el segundo semestre del año pasado era de 7,50%, extrapolando tal índice para el conjunto de la población infantil entrerriana, y suponiendo una renta básica de 200 pesos por mes para todos los menores de 14 años que vivan por debajo de la línea de la indigencia, ello significaría un costo anual de alrededor de 60 millones de pesos, lo que representa sólo el 0,76% del presupuesto de gastos de la provincia para el corriente año. Si esta hipótesis nos parece poco realista, podemos tomar los datos del INDEC para la población hasta 14 años del segundo semestre del 2006, y promediar los valores de Concordia y Paraná, ello nos da un 15,65% de indigencia, y en este caso una renta básica para los más de 52.000 menores en tal condición significaría un costo anual de algo más de 125 millones de pesos, sólo el 1,58% del presupuesto".
"Queda absolutamente claro que reasignando gastos innecesarios e improductivos es absolutamente factible, y además hay que considerar los ahorros que el gobierno comenzaría a generar a través de la disminución de la demanda de otros programas sociales, comedores escolares, gastos administrativos de esos programas, etc.", enfatizó el diputado Artusi.
Finalmente, el legislador radical aseguró que la renta básica "se trataría de un programa universal, de redistribución solidaria de ingresos, que parte de reconocer un derecho, concebido como un mecanismo automático de asignación de un beneficio a quien cumple los requisitos, alejado de la discrecionalidad de los mandatarios de turno, con activa participación de la sociedad civil. Si se avanzara en esta propuesta, se eliminaría en el corto plazo la indigencia en la población infantil, y se reducirían drásticamente los índices de pobreza y de indigencia en la sociedad en su conjunto; a la vez que se verificarían mejoras concretas en la equidad en la distribución del ingreso. También es posible afirmar que se reducirían notablemente los indicadores de desnutrición infantil, promoviendo gradualmente que los niños coman en sus casas, con sus familias, y no en comedores escolares o comunitarios, con todo lo que ello significa en términos de fortalecimiento del núcleo familiar y de mejora de la autoestima. Si el hambre es un crimen, y lo es, debemos comenzar a luchar ya, en serio, para eliminar la lacra que ello significa en una provincia que produce alimentos para varias veces su propia población".-
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martes, 21 de julio de 2009

JOSÉ ANTONIO ARTUSI: "Si el hambre es un crimen, urge reglamentar y aplicar el Artículo 24 de la Constitución provincial"

El Diputado Provincial José Antonio Artusi (UCR) manifestó que se encuentra elaborando un proyecto de ley que procurará reglamentar el Artículo 24 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos reformada en el año 2008, que garantiza a todos los habitantes "el derecho a la alimentación" y a "un ingreso mínimo indispensable para la subsistencia".

El legislador radical señaló que la propuesta consistirá en reconocer, de manera gradual, comenzando por los menores hasta los 14 años, el derecho de todos los habitantes a recibir de parte del Estado un ingreso universal, denominado Renta Básica de Ciudadanía, que permita satisfacer necesidades básicas de subsistencia.
El articulado del proyecto establece que la implementación de la Renta Básica de Ciudadanía persigue las siguientes finalidades:
a) Garantizar una renta mínima suficiente para satisfacer las necesidades básicas a todos los habitantes.
b) Garantizar la autonomía personal, la ampliación de las libertades, y el acceso a una vida digna a todos los habitantes.
c) Garantizar la igualdad de oportunidades consagrada en el Artículo 15 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos.
d) Fortalecer el rol de la familia como núcleo fundamental de la sociedad, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 18 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos.
e) Optimizar la eficacia y la eficiencia de las políticas públicas de desarrollo social, procurando la eliminación de la indigencia y la reducción gradual de la pobreza.
En los fundamentos de la iniciativa, el Diputado Artusi sostiene que "se trata de una iniciativa de ambiciosos alcances, pero perfectamente factible y viable en tanto se dé una condición fundamental: voluntad política. No se trata – como podría desprenderse de un análisis apresurado o prejuicioso – de una propuesta más de “universalizar” los planes sociales, o de terminar con las formas clientelares que éstos asumen frecuentemente. Se trata de algo mucho más profundo; se trata de poner en marcha un mecanismo legal con implicancias políticas, económicas y sociales. Políticas, en la medida en que persigue radicalizar la democracia, construir ciudadanía real, aumentar la autonomía y las libertades de los individuos y garantizar la igualdad de oportunidades; económicas, en la medida en que procura redistribuir la riqueza con criterios de equidad y justicia, motorizar el consumo interno, y racionalizar el gasto público; y sociales, en la medida en que permitiría reducir sustancialmente la pobreza, contribuyendo además a mejorar los indicadores educativos y sanitarios de nuestra sociedad, a la vez que procura afianzar la familia como su núcleo fundamental. Se trata, en síntesis, de terminar con la indigna desposesión que deben sufrir a diario miles de nuestros conciudadanos, privados de medios básicos de subsistencia, pero también privados en los hechos de los derechos políticos, sociales y culturales inherentes a una vida digna; es decir, privados de “las condiciones materiales de la libertad”. Se trata, utilizando términos de Yrigoyen, de contribuir a realizar el ideal de la democracia, en tanto ésta es no sólo la garantía de las libertades políticas sino también “la posibilidad para todos de poder alcanzar un mínimum de felicidad siquiera”."
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domingo, 10 de mayo de 2009

Renta básica de ciudadanía vs. protección social condicionada

Por Observatorio Renta Básica de Attac-Madrid
El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, ha propuesto recientemente un pacto entre las administraciones, central, autonómicas y locales, con el fin de garantizar un ingreso mínimo de subsistencia a las personas en paro a las que se les agote la prestación por desempleo y carezcan de cualquier tipo de rentas, mediante la instauración de “una renta de protección social temporal relacionada con la formación y el empleo”.Asimismo, Izquierda Unida de la Comunidad de Madrid también pretende plantear una renta de protección social ligada a la formación laboral, por un plazo de seis meses y por importe del salario mínimo profesional, a aquellas personas sin empleo y sin ingresos, bien porque se les haya agotado la prestación o porque no hayan generado el derecho a percibir la misma,Estas bienintencionadas, pero insuficientes, propuestas no son más que la repetición de subsidios condicionados en su versión de políticas activas de empleo o workfare, que se caracterizan porque la persona que está participando en un programa de este tipo, en virtud de un principio de reciprocidad, está obligada a asumir un compromiso que puede ser de actividad o de formación, como contrapartida a la asignación que recibe.Como su aplicación práctica en nuestro país y en otros de nuestro entorno ha puesto de manifiesto, estas rentas sociales condicionadas carecen de eficacia real para posibilitar la superación de la situación de desempleo o exclusión de sus destinatarios.Por el contrario generan situaciones discriminatorias, ya que los empleos que se ofrecen a sus beneficiarios son de baja remuneración o por corto tiempo y, generalmente, pertenecen al sector público, por lo que ayudan a crear una discriminatoria “segunda división” dentro del mercado de trabajo.Por otra parte, parten de un concepto parcial de “trabajo” al subordinarse exclusivamente al desempeño de un trabajo remunerado, no a la realización de otras formas de trabajo socialmente útiles como el trabajo voluntario, el doméstico o los cuidados a otros.En cuanto a la solución de la exclusión social se han demostrado ineficaces ante el previsible incremento en el futuro inmediato de los factores que conducen a la desigualdad social, como la alta tasa de desempleo y el consiguiente empobrecimiento y a que son programas con una cobertura parcial, que no llegan a la totalidad de la población en situación de necesidad.Asimismo, estigmatizan a sus perceptores, que suelen ser parados de larga duración, que llevan bastante tiempo fuera del mercado laboral y que, generalmente, van a ser descartados por los empleadores si concurren por un puesto de trabajo con desocupados más recientesComo todos los subsidios condicionados contemplan prestaciones monetarias que no son acumulables con rentas salariales por lo que no estimulan la aceptación de posibles ofertas de trabajo de baja remuneración, a tiempo parcial o de corta duración, porque se perdería el ingreso “fijo” que supone el subsidio y, paralelamente, fomentan la economía sumergida y el fraude fiscal a pequeña escala al favorecer que para no perder la prestación monetaria se trabaje de forma “alegal”.Frente a estos programas de ayudas condicionadas, la instauración de una renta básica universal como derecho de ciudadanía, además del ahorro en los costes administrativos que aquellos implican, evitaría las trampas del paro y la pobreza, al ser compatible con la percepción de cualquier renta, suponiendo, incluso, un incentivo para desarrollar determinados tipos de trabajos y cierto reparto del empleo, ya que facilitaría a muchas personas el trabajo a tiempo parcial, La Renta Básica conllevaría, en última instancia, que no se tenga que recluir a nadie en empleos artificiales o de escasa calidad, como hacen las medidas workfaristas, y que el hecho que alguien no acepte un trabajo de esas características no le prive de su derecho a percibir una renta suficiente para vivir dignamente.En cuanto a la exclusión social, la Renta Básica, por su carácter de derecho ciudadano universal, equiparable al sufragio, no tiene el menor déficit de cobertura al abarcar al conjunto de la ciudadanía, garantizando su derecho a la existencia, especialmente a los sectores más vulnerables.Y no son de recibo las alegaciones de la inviabilidad de una Renta Básica por los altos costes de su financiación. Numerosos estudios y simulaciones demuestran como puede financiarse una Renta Básica. Obviamente, como tal medida económica que es, su instauración implica tomar una determinada opción política y social, precisamente la contraria a la que se ha adoptado en la presente crisis económica y financiera cuando se han inyectado más de 150.000 millones de euros a los bancos, lo que supone más de un 15 % del PIB.En todo caso, la instauración de una renta básica implicaría una necesaria efectividad de la imposición sobre todo tipo de rentas, poniendo fin tanto al discriminatorio tratamiento de las rentas de carácter salarial, como a las excesivas permisividades ante el fraude fiscal, que nos distancian de converger con la correspondiente media europea.Por último, ante a las posibles objeciones a la Renta Básica basadas en la reciprocidad, en la que tanto insisten los partidarios de los programas de workfare o ayudas condicionadas al trabajo y en la que se basan para imponer a los desempleados la aceptación de cualquier empleo con la amenaza de perder los subsidios, creemos que no es aceptable que a los más desfavorecidos se les impongan controles y condiciones que no se les imponen a los más afortunados.Y lo que nunca puede tener sentido es condicionar ese derecho fundamental a una vida digna a que se consiga “tener empleo”, cuando según la última EPA, entre más de 45 millones de personas, no llega ni a 16 millones la cifra de quienes logran ser asalariadas hoy, ni pasa de 19 millones el total de las que pudieron ser "ocupadas" en cualquier modo por el mercado laboral "aunque fuera una hora sólo durante la semanaEl derecho a un mínimo de subsistencia debe ser un derecho incondicional, no sujeto a ninguna reciprocidad, la perspectiva contraria, en palabras de Philippe Van Parijs “no es muy atractiva para nadie que crea que el igualitarismo puede y debe ir de la mano con la emancipación, y no con el liberticidio de los pobres.”
Fuente: http://www.rebelion.org:80/noticia.php?id=84994 Leer más...

lunes, 25 de agosto de 2008

Ingreso ciudadano: el piso de la inclusión

Por Sandra Cicaré
Ingreso ciudadano, subsidio universal, renta básica o dividendo social: distintas acepciones para un mismo concepto, aquel que promueve la instrumentación de un ingreso monetario incondicional a todas las personas sólo por su condición de ciudadanos y por el cual distintos sectores vienen remando hace años en Argentina y América latina.
Aunque en los hechos hay sólo dos experiencias de legislaciones que garanticen el ingreso ciudadano —en el estado estadounidense de Alaska y recientemente en Brasil, aprobada en 2004— en la Argentina hay iniciativas que van en ese camino aunque tomando las singularidades de un país emergente. Entre ellos el proyecto de ingreso ciudadano para la infancia que presentaron en Diputados las ex legisladoras Elisa Carca y Elisa Carrió o el que alienta el Frente Nacional contra la Pobreza (Frenapo) para otorgar un ingreso incondicional a todos los menores de 18 años.
Más que asistencialismo
El ingreso ciudadano excede las conocidas y tan repetidas políticas de subsidios o planes sociales que existieron y existen en la Argentina, generalmente orientadas a grupos familiares o jefes de familia. En rigor, lo que intenta es exaltar la condición de ciudadano y los derechos que por serlo le corresponden a todos los habitantes de un país, con el objetivo puesto en lograr la tan mentada equidad social.
Por eso, la noción de ingreso ciudadano incluye tres pilares básicos: la universalidad, incondicionalidad y beneficio monetario y por tanto, para acceder al mismo no se requiere estar empleado (como es el caso del salario), ser declarado incapaz (jubilación por invalidez), haber contribuido con una prima de seguro (jubilación ordinaria, obras sociales), estar desocupado (seguro de desempleo) o ser pobre (programas asistenciales), explica el economista Rubén Lo Vuolo, presidente de la Red Argentina de Ingreso Ciudadano (Redaic), que el 6 y 7 de noviembre organiza en Buenos Aires el primer encuentro iberoamericano con el objetivo de discutir esta propuesta tanto para el país como para América latina.
Lo Vuolo —quien fuera asesor de Elisa Carrió y se alejara cuando se conformó la Coalición Cívica— señaló que "el ingreso se otorga a las personas y no al jefe o jefa de familia, porque se busca fomentar la autonomía personal y no favorecer a ningún arreglo familiar específico".
Sin embargo, el ex presidente Eduardo Duhalde consideró en diciembre pasado —en una nota de opinión publicada en un matutino porteño— que "el plan jefas y jefes de hogar desocupados fue la primera experiencia masiva de aplicación de la renta básica de inclusión en América latina. Sus características originarias fueron la universalidad del derecho para los desempleados, una contraprestación que se traducía en exigencia de escolaridad y controles de salud de los hijos de los beneficiarios, y un monto que estaba por encima de la línea de indigencia".
De todos modos, para la Redaic, este ingreso consagra el principio de autonomía personal y no la constitución familiar de la vida de una persona. "No debería discriminar entre personas de distinto sexo, situación civil o arreglo familiar", explican sus impulsores.
Por otra parte, la intención es que ninguna persona caiga por debajo de esta prestación y sea de fácil acceso. También que debería actuar como un piso o una base desde donde las personas puedan desarrollar libremente su capacidad para generar ingresos propios y no un mecanismo que genere dependencia con respecto a la asistencia del Estado.
El economista y profesor titular de Sociología en la Facultad de Económicas de la Universidad de Barcelona, Daniel Raventós, consideró que se trata de "una renta incondicionalmente garantizada a todos de forma individual, sin necesidad de una comprobación de recursos o de estar realizando algún tipo de trabajo".
El también titular de Red Renta Básica español, también explicó que "es una forma de renta mínima garantizada que difiere de las que existen actualmente en varios estados europeos en tres importantes sentidos: primero, es pagada a los individuos y no a los hogares; segundo, es pagada independientemente de otras fuentes de renta; finalmente, es pagada sin requerir el Desempeño de ningún trabajo o de la voluntad de aceptar un empleo ofrecido".
Un plan integral
Para Lo Vuolo, repartir en forma incondicional el ingreso ciudadano es "más barato y se garantiza que lo reciban todos los que lo necesitan", dijo y explicó que "en un país como Argentina donde la pobreza por ingresos se acerca a 40 por ciento de la población focalizar a los necesitados siempre termina en una selección discriminatoria entre los propios necesitados".
Por eso, considera necesario acompañar este proyecto de ingreso ciudadano con una reforma tributaria que "recupere" el ingreso que se otorga a los que no lo necesitan. "Lo que interesa saber es la posición fiscal neta de cada uno y cobrarle el impuesto a las ganancias por todos sus ingresos y no sólo por algunos como es ahora", explica.
El concepto de ingreso ciudadano incluye la entrega de dinero "porque la moneda es un medio insustituible de integración social en una economía capitalista de mercado", dice el economista. "Esto permite que los receptores lo usen libremente y conforme a las prioridades de su caso particular".
Por otra parte, desde Redaic echan por tierra con los argumentos clientelistas que puede aportar un beneficio de este tipo e incluso sus efectos sobre una depresión de la oferta de trabajo de parte de aquellos sectores que teniendo garantizado un ingreso eviten salir a buscar empleo.
"Tal conclusión supone que la gente sólo trabaja para no morirse de hambre, pero todo lo que sabemos de psicología nos indica que no sólo no es el instinto de supervivencia la única razón para que alguien decida emprender una actividad productiva, sino que tampoco constituye la única razón capaz de mover al trabajo a un número suficientemente significativo de personas", explican.
Señalan al respecto que con el ingreso ciudadano "sólo asegura un piso de ingresos" y "muchas personas desearán que sus ingresos se eleven por encima de ese piso para acceder a un mayor nivel de consumo o al mayor status social asociado a él, y para eso deberán dedicarse a actividades productivas".
Por otro lado, "los seres humanos necesitamos ser reconocidos y apreciados, y en nuestras sociedades el reconocimiento social va usualmente unido, bien al status asociado a una alta capacidad de consumo, bien al desempeño de alguna actividad considerada útil a la sociedad, o valorada socialmente por alguna razón. El desempeñarse bien en su profesión, o simplemente el ser persona "de trabajo" suele ser fuente de reconocimiento social y es valorado por esa razón", agregan.
Con la idea de promover esta actividad y en forma preparatoria al encuentro iberoamericano, Redaic convoca hasta el 31 de agosto a presentar ponencias y propuestas de actividades.
Para mayores informes: redaic@ingresociudadano.org o www.ingresociudadano.org.
Fuente: La Capital, Rosario Leer más...

domingo, 6 de julio de 2008

Propiedad y libertad: doce tesis sobre la defensa republicana de la renta básica

Ponencia presentada en el XII Congreso Mundial del Basic Income Earth Network (“Desigualdad y desarrollo en una economía mundializada: la opción de la renta básica”) celebrado los días 20 y 21 de junio de 2008 en el University College de Dublín.

Por David Casassas y Daniel Raventós

Introducción
De algún modo esta ponencia puede verse como una continuación de nuestras contribuciones al “debate de la BIS” sobre “renta básica y el legado republicano”: querríamos insistir en algunos puntos y clarificar otros. Ello es porque pensamos que una presentación de cómo nos gustaría contribuir actualmente en forma de doce tesis que se enuncian sumariamente puede ser una buena forma de poner algo de orden en torno a todas estas ideas. Esperamos que éste sea el caso.
1 Punto de partida que debe ser enfatizado muy claramente: el republicanismo gira en torno a una idea central: los individuos no pueden ser libres si su existencia material no está garantizada políticamente.
2 Ahora. ¿Cómo mensurar los límites sociales de la comunidad cuyos miembros deberían tener su existencia políticamente garantizada? Históricamente han existido dos formas de republicanismo: el republicanismo oligárquico y el republicanismo democrático. Ambos han compartido la concepción de la libertad „Ÿlos individuos no pueden ser libres si su existencia material no está garantizada„Ÿ, la diferencia radica en el hecho de que la porción de la población que debe tener garantizado el derecho a la existencia material no es la misma.
3 Según el republicanismo oligárquico, la libertad sólo alcanza „Ÿy sólo debe alcanzar„Ÿ a aquellos hombres que poseen alguna forma de propiedad, algún conjunto de recursos materiales que los haga independientes.
4 Por el contrario, el republicanismo democrático sostiene que la libertad debe alcanzar a todos los hombres y mujeres que viven en la comunidad. Todos los individuos deben tener su existencia material políticamente garantizada. En el mundo contemporáneo, en que la ciudadanía formal ha sido universalizada, la perspectiva que debe abrazarse es el republicanismo democrático.
5 Es importante advertir que el republicanismo no entiende la igualdad como igualdad de recursos; antes bien, concibe la igualdad como lo que podríamos denominar libertad recíproca. En efecto, la igualdad, la reciprocidad en el ejercicio de la libertad, emerge en una comunidad en que las instituciones políticas reconocen la igualdad civil a todos sus miembros y, por tanto, confiere a todos sus miembros el estatus de actores sociales materialmente independientes.
6 Según el republicanismo, todas las interferencias arbitrarias son limitativas de la libertad. Con todo, los datos empíricos muestran que algunas de ellas son más significativas que otras. En otras palabras, cuando se trata de comprender cómo actúan las actuales instituciones sociales y cuando se trata de prescribir cómo deberían hacerlo. Los fraudes o mentiras son interferencias arbitrarias que pueden tener efectos negativos en la vida de los agentes interferidos. Sin embargo, la estructura de las sociedades contemporáneas no se basa en fraudes y mentiras, sino en derechos de propiedad. Y eso nos permite afirmar que la principal distinción que debe hacerse para comprender las sociedades contemporáneas es la distinción entre ricos y pobres. Veamos por qué,
7 Ya hemos dicho que lo que realmente importa a fin de construir la libertad individual es el goce de independencia material. Es por ello por lo que nos interesa retomar la distinción aristotélica entre gente rica y pobre. Gente rica y gente pobre significan respectivamente ‘gente independiente’ y ‘gente dependiente’ (de otros). Esta distinción es normativamente más relevante que los criterios basados en niveles de ingreso, como el 50% de la renta per cápita. De hecho, según el republicanismo, alguien puede tener niveles muy altos de ingreso „Ÿporque el amo o propietario de la unidad productiva sea benévolo o porque un nivel muy alto de RB sea sostenible„Ÿ sin que ello signifique que esa persona sea libre (o “más libre” que antes de la aplicación de tal RB); lo que debe analizarse es si esa persona es independiente (en su existencia material) de la voluntad de otros o no. En las sociedades contemporáneas, la gente rica suele poseer un conjunto de bienes materiales que les garantiza la existencia, y la gente pobre suele tener que venderse a sí misma, cinco días a la semana o más, a los propietarios de esos recursos materiales a fin de subsistir, habitualmente convirtiéndose en trabajadores asalariados.
8 Tanto por razones normativas como técnicas que no tenemos tiempo de especificar ahora, pensamos que una RB de una cantidad al menos igual al umbral de pobreza es la mejor forma, en las sociedades contemporáneas, de garantizar la existencia material a toda la población conforme al ideal republicano democrático.
9 No obstante, es importante retener que, además de este “motivo”, debe considerarse también algún tipo de “límite”. Veamos por qué. En las sociedades capitalistas de hoy día, aquellos hombres que poseen grandes sumas de recursos materiales „Ÿespecialmente las empresas multinacionales„Ÿ tienen la capacidad de interferir arbitrariamente en el conjunto de oportunidad de millones de personas, tienen la capacidad de moldear la estructura de los mercados y condicionar la naturaleza de economías enteras, tienen la capacidad de imponer las condiciones laborales en el puesto de trabajo, tienen la capacidad de desposeer a millones de pobres „Ÿdependientes„Ÿ de las formas tradicionales o alternativas de gestionar el ámbito productivo „Ÿtanto en países pobres como ricos„Ÿ, tienen la capacidad de condicionar la agenda y las decisiones políticas. Es por esto por lo que es muy importante que la RB constituya una parte de un paquete de medidas destinadas a garantizar a la existencia material de todos los individuos trabajando en dos frentes: Primero: garantizando una base para conferir una posición de fuerza, de ahí el importante papel de la RB. Segundo: el control de grandes acumulaciones de riqueza y poder económico „Ÿde ahí el importante papel de la regulación de los mercados para expandir el conjunto de oportunidad de los individuos tanto como sea posible; sin esto, una RB (incluso una RB sustantiva) podría ser incapaz de proporcionar libertad efectiva„Ÿ. Incluso con una RB alta, mi capacidad para poner en marcha mis planes de vida puede disminuir sustancialmente si los derechos de propiedad están ordenados de tal manera que me priven de la oportunidad de realizar ciertas actividades (por ejemplo, las barreras de entrada a los mercados o simplemente la “apropiación originaria” de los medios de producción pueden excluirme de tener opción de usarlos).
10 ¿Y qué hay de la virtud cívica? ¿Socava la incondicionalidad de los esquemas de la RB la estructura moral del orden social republicano? Esas cuestiones exigen una definición detallada de la virtud cívica. La virtud republicana debería entenderse como un conjunto de disposiciones cognitivas enfocadas a un doble objetivo. En primer lugar, la virtud es la capacidad de administrar racionalmente los recursos que constituyen el propio ámbito privado, de tal manera que los planes de vida puedan efectivamente ser puestos en práctica de forma consistente con lo que uno es, puede ser y quiere ser. En segundo lugar, la virtud es la capacidad del individuo de participar en el proyecto colectivo implicándose en la articulación y reproducción de esas instituciones políticas que deben garantizar su libertad. Ello significa que, al menos en nuestra versión del ideal republicano, la virtud cívica no está ligada a ninguna doctrina comprehensiva. Insistimos: la participación de los individuos en el ámbito público no está guiada por ninguna noción de la buena vida, sino por la conciencia de que la oportunidad de poner en práctica los propios planes de vida depende del éxito de las instituciones políticas en desmantelar toda forma de cadenas de dependencia material, en hacer de la vida social un espacio que garantice verdaderas oportunidades individuales para desplegar sus identidades. De hecho, ésta es la principal razón por la que las instituciones públicas republicanas deberían mostrar un profundo interés en aplicar medidas destinadas a universalizar la independencia material, como la RB. Así, la incondicionalidad de los esquemas de la RB no sólo no socava la estructura moral del orden social republicano, sino que constituye una herramienta necesaria para la emergencia de tal política republicana.
11 La RB puede dejar de ser la garantía óptima de la independencia material. Otras propuestas o aun mecanismos existentes capaces de garantizar republicanamente la existencia material puedan desempeñar el papel que pensamos que la RB podría jugar en las sociedades contemporáneas. Lo que ahí hace falta es un conjunto de criterios normativos y técnicos para comparar y seleccionar una de las opciones que tenemos a nuestra disposición.
12 Permítasenos acabar esbozando „Ÿen términos muy generales„Ÿ algo de lo que pensamos que vale la pena tener en cuenta cuando se sostiene desde una perspectiva republicana la ruta política hacia una posible “sociedad de RB”. Pensamos que es necesario evitar posibles e importantes errores. Nos parece que sería erróneo: (1) sostener que la RB constituye una medida meramente técnica y, por tanto, apolítica, lo mismo que (2) también lo sería afirmar que la RB tiene per se naturaleza anticapitalista, como también sería erróneo sostener que la RB no es una medida merecedora de consideración porque no es condición suficiente para poner fin al capitalismo. Hacen falta cuidadosas dosis de análisis consecuencialista para evaluar normativamente, en el marco del ideal republicano, los muy diversos escenarios que podrían emerger de los muy diferentes tipos de RB que pueden aplicarse.

David Casassas es miembro del Consejo Editorial de SINPERMISO y secretario del Basic Income Earth Network. Daniel Raventós es miembro del Comité de Redacción de SINPERMISO y presidente de la Red Renta Básica. Su último libro es Las condiciones materiales de la libertad (El Viejo Topo, 2007).
Traducción para www.redrentabasica.org y www.sinpermiso.info: Daniel Escribano
Fuente: www.redrentabasica.org Leer más...

viernes, 5 de octubre de 2007

¿Quién teme a la renta básica de ciudadanía?

Por Antoni Domènech y Daniel Raventós

“El sueldo del mendigo y del banquero”, así titulaba El País el pasado 3 de octubre su crónica del debate parlamentario del día anterior sobre la propuesta de ley de ERC e IU-ICV para crear una renta básica de ciudadanía (RB). Destacadas, las estólidas palabras del representante del PNV: “¿Quieren crear el derecho a no trabajar? ¡Es diabólico!” La derecha toda (PP, PNV y CiU) estuvo completamente de acuerdo. El partido del gobierno, que cuenta entre sus diputados con veteranos partidarios de la idea (por ejemplo, el ex-ministro Jordi Sevilla), aparentemente, dejó caer la propuesta.

Quien se tome la molestia de leer el diario de sesiones de las Cortes, fácilmente advertirá un vivo contraste, de forma y de fondo, en los argumentos cruzados. Joan Tardà (ERC) y Carme García (IU-ICV) expusieron con solidez y sobriedad algunas de las razones que en los últimos 20 años se han ido debatiendo en distintos medios académicos y en muchos foros sociales. Del otro lado, y como si no hubiera tenido lugar esa amplia discusión internacional (con la participación, entre muchos otros, de algunos premios Nóbel de economía y de reconocidos filósofos), piruetas verbales escurriles y pseudocríticas que no se avilanta a esgrimir ya nadie que conserve intacto el sentido del autorrespeto intelectual. Principalmente, ésta: “¡la gente no trabajaría!”.

¡Como si no hubiera ya en la sociedad actual gentes que viven opíparamente de renta, sin que a los esforzados paladines del sudor en la frente les entre el menor arrebato justiciero! ¡Y como si en la distribución funcional de los ingresos en el Reino de España la parte de la masa salarial no hubiera retrocedido, año tras año, en el producto social global, mientras la parte de las rentas y los beneficios empresariales no dejaba de crecer!

Por lo demás, trabajo asalariado no es coextensivo con “trabajo”. Existen otros dos tipos de trabajo: el doméstico y el voluntario. Se calla por sabido que esos trabajos no remunerados son importantísimos en la creación de riqueza y bienestar social, queden o no registrados en el PIB.

Yendo al trabajo remunerado, hay muchas razones para suponer que una RB no provocaría una secessio plebis, una retirada masiva del mercado laboral. Por lo pronto, lo que los más buscan en el trabajo es, junto a ciertos ingresos, reconocimiento social; sentirse útil, incluso cierta autorrealización. Y aun si la gente no persiguiera sino remuneración, el deseo de obtener mayores ingresos deriva de muchos factores de índole social y cultural; que no se extinga ese deseo ni con salarios altos, permite suponer su persistencia bajo una RB que, aun garantizando una existencia digna, quedaría muy lejos del lujo. Además, el mercado laboral “de calidad” es hoy cada vez más raquítico, y por lo mismo, excluye a buena parte de la población. Que algunas personas abandonaran sus empleos-basura para dedicar unos años a formarse, a colaborar con organizaciones dedicadas a la solidaridad o a emprender algún proyecto personal, no debería verse como algo a priori preocupante. Al contrario: liberaría a mucha gente de la presión de encontrar una ocupación a cualquier precio, lo que obligaría a los empresarios a ofrecer condiciones más atractivas para algunos empleos.

La realización de horas extraordinarias por parte de muchos trabajadores y el desempeño de actividades remuneradas por parte de personas jubiladas anticipadamente son dos contundentes realidades que destruyen la presunción de que la RB traería consigo la drástica contracción de la oferta de trabajo asalariado. Son legión los trabajadores que, habiendo aceptado las jubilaciones anticipadas ofrecidas por muchas grandes empresas para reducir plantilla, realizan, pese a contar a veces con buenos ingresos, trabajos remunerados. Si, pues, muchos trabajadores hacen horas extraordinarias y buena parte de los (pre)jubilados siguen desempeñando tareas remuneradas en el mercado laboral, nada invita a pensar que con una RB ocurriría lo contrario.

Varios estudios empíricos y de simulación arrojan alguna luz sobre el asunto. Algunos modelos de simulación (presentados en distintos congresos de la Basic Income Earth Network) predicen sólo una pequeña retirada del mercado de trabajo por parte de algunos trabajadores con empleos mal pagados y desagradables. (Material interesante al respecto, en www.redrentabasica.org). Otros muestran que el estímulo para aceptar un empleo por parte de quienes hoy cobran prestaciones sociales sería mucho mayor con una RB. Los temores catastrofistas ante una sociedad de vagos y ociosos, pues, no encuentran apoyo en lo que hoy se sabe y se puede razonablemente conjeturar.

Otra objeción apuntaba a los “terribles costos” de la RB. Si, como el terrateniente que ante el debate sobre la reforma agraria de la Segunda República dijo castizamente: “estoy de acuerdo con esta reforma, porque entre lo que tengo y lo que me van a dar…”, se pensara que en la RB todo suma, resultaría hasta inteligible la protesta farisaica ante los “terribles costos” de su implantación Un banquero recibiría la RB igual que un mendigo, en efecto. Mas el banquero, en todo modelo de financiación serio, pagaría mucho más de lo que recibiría como RB. En un estudio econométrico que también se mencionó en el debate parlamentario (La Renda Bàsica de Ciutadania. Una proposta viable per a Catalunya, Fundació Jaume Bofill, 2005) se muestra que es perfectamente posible financiar una RB de 5.414 euros anuales para los adultos y de 2.707 para los menores mediante una reforma a fondo del IRPF.

La RB tiene unos rasgos formales de laicidad, incondicionalidad y universalidad idénticos a los del sufragio universal democrático. Como ocurre con el voto, se tendría derecho a la RB por el solo hecho de existir como ciudadano –o residente acreditado—, independientemente del sexo, de la etnia, del nivel de ingresos (¡los ricos también votan!), de la opción sexual o de la confesión religiosa (si alguna). Algo de tan elemental justicia, resulta al parecer amedrentante. Las luchas por el sufragio universal para todos los hombres, ricos y pobres, y después para todas las mujeres, también parecieron locura “diabólica” a muchos que consideraban el sufragio censitario el no va más del orden social. No es imposible que en unas décadas todos se escandalicen de los “argumentos” de quienes hoy se rasgan las vestiduras ante una medida que promovería “diabólicamente” la “vagancia”. Como ahora nos escandalizan los “argumentos” de quienes no hace tanto –el Vaticano no levantó para los católicos la prohibición de votar ¡hasta 1919!— se rasgaban las vestiduras ante la sola idea de que pudieran votar todos, también los pobres, también las mujeres, también, ¿por qué no?, los “vagos”, y aun los (pobres) “diablos”.

Antoni Domènech es catedrático de Filosofía Moral en la Facultad de Ciencias Económicas de la UB. Daniel Raventós es presidente de la Red Renta Básica y autor de Las condiciones materiales de la libertad (El Viejo Topo, 2007). Ambos son cofundadores de la revista política internacional SinPermiso (www.sinpermiso.info).

El País, 5-10-2007

Fuente: RED RENTA BASICA Leer más...